Clasificación de una cuenta según sus titulares. Una cuenta corriente es individual cuando está abierta a nombre de un solo titular. Es conjunta o mancomunada cuando existen dos o más titulares, de forma que cualquier disposición debe realizarse por acuerdo de todos los titulares, exigiéndose la firma de todos ellos. Indistinta es aquella en la que hay varios titulares y cualquiera de ellos puede disponer de los fondos con su sola firma.
Hola buenas tardes,tengo una duda muy importante.Resulta que la empresa en la cual trabajaba me despidio el año pasado y me pago la liquidacion con 6 pagares a distantas fechas,en esa epoca la cuenta de la empresa solo tenia una firma la misma que tengo en los pagares claro,pero despues de tener esos pagares firmados la cuenta de la empresa es mancomunada.
Mi pregunta es,tienen que terner las dos firmas o no?teniendo en cuenta que la fecha del pagare es anterior al cambio de fiemas.
gracias
Hola Monica, en esta web se tratan temas sobre los cuadernos bancarios, desde un punto de vista meramente tecnico.
La consulta que me realizas es demasiado compleja para mis conocimientos, que ya te digo son puramente tecnicos no legales.
Yo creo que eso deberias consultarlo con un experto, un abogado tal vez, puede preguntar en avalesbancarios.es, quizas en esta web sepan contestar a tu pregunta.